La normativa española referente a los permisos de conducir y licencias de conducción es enrevesada y cambia con mayor frecuencia de la deseada.
Por ello, existen muchos conductores, y especialmente aquellos que han obtenido su carnets de conducir hace muchos años, que no conocen exactamente qué vehículos están autorizados a conducir.
Vamos a realizar un pequeño resumen aclaratorio de todos los permisos que se encuentran vigentes hoy en día en nuestro país.
Permisos de conducir en España
Permiso circulación AM
Para ciclomotores, triciclos y cuadriciclos cuya cilindrada sea inferior a 50 cc y con velocidad máxima inferior de hasta 45 km/h.
Permiso A1
Motocicletas de hasta 125 cc y menos de 11 kW de potencia.
Permiso A2
Motocicletas cuya potencia no exceda los 35 kW.
Permiso A
Permite conducir todos los vehículos relacionados con anterioridad, y además cualquier otra clase de moto o triciclo motorizado, independientemente de su potencia.
Permiso B
Es el requerido para conducir coches. Este permiso de conducir te habilita para llevar:
- Automóviles de masa máxima autorizada (MMA) de hasta 3.500 kg y para un máximo de 9 pasajeros, incluyendo al chófer.
- Motos de hasta 125 cc y potencia máxima de 11 kW, a partir del tercer año de obtención de este permiso.
- Triciclos y cuatriciclos motorizados.
- Remolques acoplados de masa máxima autorizada de hasta 750 kg, siempre que la MMA del conjunto de automóvil más remolque no supere los 4250 kg.
Permiso C1
Automóviles con masa máxima autorizada superior a 3500 kg, con capacidad para hasta nueve viajeros, incluido el conductor.
Permiso C
Automóviles con una MMA superior a los 3500 kg. y cuyos fines sean distintos a los de los vehículos a los que se autoriza a conducir con los permisos D1 y D. Es decir, camiones de transporte de mercancías.
Permiso D1
Vehículos de transporte de hasta 16 pasajeros, sin contar al conductor, de hasta 8 metros de largo. Válido para pequeños microbuses y similares.
Permiso D
Cualquier vehículo destinado a transportar más de 8 viajeros, excluido el chófer. Es el permiso requerido para autobuses y autocares.
Permiso E
Todos los carnés de conducir anteriores te habilitan para acoplar remolques de hasta 750 kg de masa máxima autorizada, excepto si se conduce un ciclomotor o moto.
El permiso E es necesario si necesitas acoplar un remolque con MMA superior a 750 kg.
Permiso ADR
Necesario para los vehículos de transporte de mercancías peligrosas. Se trata de un permiso complementario al del correspondiente a las características específicas del vehículo.
Licencia de conducir LCM
Es una autorización administrativa para que las personas con movilidad reducida que necesitan desplazarse en un vehículo especial adaptado.
Licencia de conducir LVA
Esta licencia autoriza a manejar vehículos especiales agrícolas autopropulsados.
Puedes conocer a fondo todos estos detalles consultando la página web de la DGT. O si lo prefieres, puedes acceder a la información oficial de la DGT llamando al teléfono 060.
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Por último, recuerda que en Furgocar llevamos más de 30 años siendo especialistas en alquilar furgoneta en Valencia. Disponemos de prácticamente todo tipo de vehículos industriales y turismos de distintas categorías y tamaños en nuestras cinco oficinas.
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